Bonificación del Impuesto de vehículos de tracción mecánica para vehículos a nombre de personas con discapacidad

Ser beneficiario de las exenciones y bonificaciones a aplicar en el pago del impuesto de vehículos de tracción mecánica para los vehículos a nombre de personas con discapacidad.


  • El vecino deberá registrar en el Registro de Entradas y Salidas del Ayuntamiento la Solicitud de Bonificación del Impuesto de vehículos de tracción mecánica.
  • Providencia de Alcaldía.
  • Informe de la Secretaria Municipal sobre legislación aplicable.
  • nforme de Intervención sobre procedencia del reconocimiento de la exención.
  • Decreto de alcaldía.
  • Notificación al vecino.

Los plazos para la otorgación de la bonificación son:

  • Plazo legal máximo 3 meses.
  • Plazo estimado 1 mes.

En el caso de aplicación del silencio administrativo será positivo salvo excepciones.


Según ordenanza.


  • Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

  • Copia compulsada del DNI del titular.
  • Copia compulsada del permiso de circulación del vehículo a nombre de discapacitado.
  • Copia compulsada de la ficha técnica del vehículo.
  • Certificado/ resolución del grado de su minusvalía y grado.
  • Declaración de uso exclusivo del vehículo y de no disfrutar de la misma exención por otro vehículo, bajo responsabilidad del titular minusválido, o en su caso del representante legal.

Ayuntamiento de Villafufre

San Martín, Nº1, 39638 Villafufre-Cantabria- 942 59 31 79

  • ayto@villafufre.com

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