Solicitud de primera ocupación

El objetivo de la solicitud de licencia de primera ocupación será verificar el cumplimiento efectivo de las prescripciones técnicas contenidas en la licencia de obra y de los usos permitidos por el plan, requiriéndonos certificación del facultativo director de las obras que acredite el cumplimiento de las condiciones de la licencia de obra.


  • El vecino deberá registrar en el Registro de Entradas y Salidas del Ayuntamiento la Solicitud de Licencia de Primera ocupación.
  • Providencia de Alcaldía.
  • Informe de la Secretaria Municipal sobre legislación aplicable.
  • Informe del Arquitecto Asesor del Ayuntamiento.
  • Cálculo y Liquidación del impuesto sobre construcciones.
  • Propuesta de alcaldía.
  • Resolución de la Junta de Gobierno Local.
  • Notificación de licencia y liquidación de impuesto por parte del vecino.

Los plazos para la otorgación de licencia de primera ocupación son:

Plazo legal máximo 3 meses.

Plazo estimado 1 mes.

En el caso de aplicación del silencio administrativo será positivo salvo que constituyan infracción urbanística manifiestamente grave o vayan en contra de la legislación o planeamiento vigente.


Según ordenanza.


  • Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por otorgamiento de licencias urbanísticas.

  • Copia compulsada de la licencia de obras concedida.
  • Solicitud de alta del inmueble en el Catastro.
  • Certificación del facultativo director de las obras en las que se acredita el cumplimiento de las condiciones de la correspondiente licencia urbanística.

Ayuntamiento de Villafufre

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